SU
SERENISIMA MAJESTAD ACAHUALINCA I
REY
DE BORONDONIA Y LOS TERRITORIOS SUMERGIDOS
A
todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed:
Que el Consejo del Reino ha propuesto y Yo vengo en sancionar la
siguiente ley orgánica que
será la primera promulgada en la historia del Estado:
PREÁMBULO
La
amnistía es una figura jurídica que excepciona la aplicación de
normas vigentes, cuando los actos que hayan sido declarados delito o
estén tipificados como tales o determinantes de cualquier otro tipo
de responsabilidad se han producido en un contexto concreto y no en
otro.
Esta
facultad legislativa es el medio adecuado para abordar circunstancias
excepcionales que, en un Estado de Derecho, persigue la consecución
de un interés general, como puede ser superar y encauzar conflictos
políticos y sociales, mejorar la convivencia y la cohesión social,
así como la integración de las diversas sensibilidades políticas
del Estado o no aplicar las leyes por igual.
La
Creación del nuevo Estado de BORONDONIA es un motivo más que
suficiente para hacer borrón y cuenta nueva en la aplicación de
leyes aún no redactadas que no podrían ser retroactivas a menos que
así se decidiera y así no hay problemas con nadie.
Es
prerrogativa real amnistiar a quien considere oportuno cuando así lo
desee y sin tener que dar explicaciones a nadie, por tanto, en uso de
esa potestad
RESUELVO
1:
Amnistiar todos los delitos que se hubieran cometido por los
ciudadanos de Borondonia y los territorios sumergidos en todo el
territorio nacional hasta la fecha de proclamación del nuevo estado.
2:
No son amnistiables los delitos cometidos en el extranjero ni los que
se cometan en el futuro.
Disposición
final primera: Dada nuestra renuencia a crear prisiones en suelo
borondonio y a mantener a nadie sin trabajar todo el que cometa
delitos que conlleven penas de cárcel será extraditado a los países
limítrofes y despojado de la nacionalidad borondonia si la tuviere.
Disposición
final segunda: Entrada en vigor. La presente ley entrará en vigor el
mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Reino»
Por
tanto,
Mando
a todos los borondonios, particulares y autoridades, que guarden y
hagan guardar esta ley orgánica.
Comuníquese y cúmplase
Borondonia,
a 9 de agosto de 2024
ACAHUALINCA
R.