SU SERENISIMA MAJESTAD ACAHUALINCA I
REY DE BORONDONIA Y LOS TERRITORIOS SUMERGIDOS
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que el Consejo del Reino ha propuesto y Yo vengo en sancionar la siguiente ley orgánica que será la primera promulgada en la historia del Estado:
PREÁMBULO
La amnistía es una figura jurídica que excepciona la aplicación de normas vigentes, cuando los actos que hayan sido declarados delito o estén tipificados como tales o determinantes de cualquier otro tipo de responsabilidad se han producido en un contexto concreto y no en otro.
Esta facultad legislativa es el medio adecuado para abordar circunstancias excepcionales que, en un Estado de Derecho, persigue la consecución de un interés general, como puede ser superar y encauzar conflictos políticos y sociales, mejorar la convivencia y la cohesión social, así como la integración de las diversas sensibilidades políticas del Estado o no aplicar las leyes por igual.
La Creación del nuevo Estado de BORONDONIA es un motivo más que suficiente para hacer borrón y cuenta nueva en la aplicación de leyes aún no redactadas que no podrían ser retroactivas a menos que así se decidiera y así no hay problemas con nadie.
Es prerrogativa real amnistiar a quien considere oportuno cuando así lo desee y sin tener que dar explicaciones a nadie, por tanto, en uso de esa potestad
RESUELVO
1: Amnistiar todos los delitos que se hubieran cometido por los ciudadanos de Borondonia y los territorios sumergidos en todo el territorio nacional hasta la fecha de proclamación del nuevo estado.
2: No son amnistiables los delitos cometidos en el extranjero ni los que se cometan en el futuro.
Disposición final primera: Dada nuestra renuencia a crear prisiones en suelo borondonio y a mantener a nadie sin trabajar todo el que cometa delitos que conlleven penas de cárcel será extraditado a los países limítrofes y despojado de la nacionalidad borondonia si la tuviere.
Disposición final segunda: Entrada en vigor. La presente ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Reino»
Por tanto,
Mando a todos los borondonios, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley orgánica.
Comuníquese y cúmplase
Borondonia, a 9 de agosto de 2024
ACAHUALINCA R.
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