SU
SERENISIMA MAJESTAD ACAHUALINCA I
REY
DE BORONDONIA Y LOS TERRITORIOS SUMERGIDOS
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que el Consejo del Reino ha propuesto y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley Orgánica de Distinciones y Condecoraciones:
PREÁMBULO
La Constitución del Reino de Borondonia establece como prerrogativa real la concesión de Condecoraciones y Distinciones a propuesta del Consejo del Reino.
El sistema de distinciones y condecoraciones promueve el reconocimiento por parte del Reino a las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, por su contribución destacada al país en cualquier actividad de la vida y los servicios relevantes prestados al Reino.
Es procedente crear una Ley que norme, regule y desarrolle dicho sistema de reconocimientos.
Por tanto en uso de mi potestad
RESUELVO
1. Establecer el Sistema de Distinciones y Condecoraciones del Reino de Borondonia.
2. Regular la concesión de Distinciones y Condecoraciones del Reino que se origina en las propuestas del Consejo del Reino que serán fundamentadas en los méritos individuales o colectivos de los postulados a dichos reconocimientos, aunque El Rey puede concederlos por propia iniciativa.
3. Cualquier organismo del Estado podrá proponer al Consejo del Reino los candidatos a Distinciones y Condecoraciones que considere oportunos manifestando por escrito los hechos, motivos o circunstancias específicas de la proposición.
4. El Consejo del Reino podrá rechazar las proposiciones de candidatos a Reconocimientos si así lo estimare oportuno.
5. El Sistema de Distinciones y Condecoraciones del Reino está conformado exclusivamente por Distinciones Civiles.
6. Los ciudadanos del Reino podrán recibir condecoraciones militares de otros estados aunque no exista este tipo de condecoración en el país.
7. Cualquier otra Distinción y Condecoración nueva será aprobada por el Rey
8. Todas las Distinciones y Condecoraciones serán otorgadas por Real Decreto.
9. El Sistema de Distinciones y Condecoraciones del Reino está conformado por:
1: Real Orden del Rey Acahualinca I
Es la más alta distinción del Reino. Ha sido nombrada en honor al Fundador del Estado. Tiene color rojo y el Gran Maestre de la Orden es el Jefe del Estado. Se otorga en forma excepcional a Jefes de Estado extranjeros. Consta de un único grado, la Gran Cruz.
2: Real Orden del Reino de Borondonia.
Tiene color azul y el Gran Maestre de la Orden es el Jefe del Estado.
Se otorga a personalidades nacionales y extranjeras que con su labor hayan servido en forma excepcional al Reino. También puede concederse a Jefes de Estado y de Gobierno extranjeros. Consta de tres grados, la Gran Cruz, el Gran Collar y el Gran Cordón
3: Nobilísima y Real Orden Civil de los Wayi Wayi.
Tiene color amarillo y el Gran Maestre es el Jefe del Estado.
Se otorga a personalidades nacionales y extranjeras por sus servicios al Reino, así como a lideres políticos, personas en visitas de estado y otras personalidades de renombre. Asimismo en forma excepcional se entregará a aquellas personas que hayan trabajado para el Reino por 50 años o más cuando arriben al medio siglo de labor. Sus clases son Gran Cordón, Gran Oficial, Comandante, Caballero y Oficial.
4: Medallas de Oro al Merito en: Economía, Medicina, Educación, Artes, Deportes, Servicio Público, Trabajo e Investigación.
5: Premio Nacional de Literatura, Investigación, Música y Artes Escénicas.
6: Las Medallas al Merito y los Premios Nacionales se entregarán una vez al año el Día de Año Nuevo, con motivo de la Fiesta Nacional del Reino.
7: Distinciones y Ordenes Varias:
1. Muy Noble Orden del Miembro Fantasma: Se otorga a todos los grandes amputados del Reino. Incluye compensación económica y material. Se entrega el 3 de julio, Día del cumpleaños del Rey.
2. Muy ilustre Orden de la Fertilidad Borondonia: Se otorga a todas las mujeres residentes en el Reino, nacionales o extranjeras que hayan parido 9 hijos o más y los hayan criado. Se entrega el 22 de abril, Día de la Madre Tierra y las Madres del Reino
3. Ilustrísima Orden de la Paternidad Borondonia Responsable: Se otorga cada año a los hombres residentes en el Reino, nacionales o extranjeros que hayan sido padres de 9 o más hijos, de la misma o distintas madres, y puedan demostrar que se han ocupado de ellos desde el nacimiento hasta el momento de la entrega de la Orden. Se entrega el 13 de julio, Día de los Padres de la Patria y los Padres del Reino
4. Real Orden de la Longevidad: Se entrega cada año a la persona viva más longeva del Reino por una única vez, aunque sea la misma persona varios años consecutivos. Si algún longevo solicita la ciudadanía de Borondonia podrá incorporarse a la Real Orden el año siguiente a la obtención de la Nacionalidad. Se entrega el 3 de marzo, Día de la Naturaleza
5. Real Orden de la Felicidad Conyugal: Se entrega cada año a quienes arriben al medio siglo de matrimonio y convivencia. Se entrega el 20 de marzo, Día de la Felicidad
6. Hijos Ilustres y Llaves de la ciudad son las distinciones más importantes que podrán otorgar los pueblos y ciudades a aquellos ciudadanos que a su criterio las merezcan. Son las únicas distinciones del sistema cuya adjudicación ha sido delegada por el Rey a terceros, en este caso a las autoridades municipales.
Disposición final primera: El Consejo del Reino formulará el Reglamento de cada una de las Distinciones del Sistema y lo someterá a la consideración del Rey.
Disposición final segunda: Entrada en vigor. La presente ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Medio Oficial del Reino de Borondonia»
Por tanto,
Mando a todos los borondonios, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley orgánica.
Comuníquese y cúmplase
Borondonia, a 21 de agosto de 2024
ACAHUALINCA R.
No hay comentarios:
Publicar un comentario