SU
SERENISIMA MAJESTAD ACAHUALINCA I
REY
DE BORONDONIA Y LOS TERRITORIOS SUMERGIDOS
A
todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed:
Que el Consejo del Reino ha propuesto y Yo vengo en sancionar la
siguiente Ley Orgánica de Distinciones y Condecoraciones:
PREÁMBULO
La
Constitución del Reino de Borondonia establece como prerrogativa
real la concesión de Condecoraciones y Distinciones a propuesta del
Consejo del Reino.
El
sistema de distinciones y condecoraciones promueve el reconocimiento
por parte del Reino a las personas naturales o jurídicas, nacionales
o extranjeras, por su contribución destacada al país en cualquier
actividad de la vida y los servicios relevantes prestados al Reino.
Es
procedente crear una Ley que norme, regule y desarrolle dicho sistema
de reconocimientos.
Por
tanto en uso de mi potestad
RESUELVO
1.
Establecer el Sistema de Distinciones y Condecoraciones del Reino de
Borondonia.
2.
Regular la concesión de Distinciones y Condecoraciones del Reino que
se origina en las propuestas del Consejo del Reino que serán
fundamentadas en los méritos individuales o colectivos de los
postulados a dichos reconocimientos, aunque El Rey puede concederlos
por propia iniciativa.
3.
Cualquier organismo del Estado podrá proponer al Consejo del Reino
los candidatos a Distinciones y Condecoraciones que considere
oportunos manifestando por escrito los hechos, motivos o
circunstancias específicas de la proposición.
4.
El Consejo del Reino podrá rechazar las proposiciones de candidatos
a Reconocimientos si así lo estimare oportuno.
5.
El Sistema de Distinciones y Condecoraciones del Reino está
conformado exclusivamente por Distinciones Civiles.
6.
Los ciudadanos del Reino podrán recibir condecoraciones militares de
otros estados aunque no exista este tipo de condecoración en el
país.
7.
Cualquier otra Distinción y Condecoración nueva será aprobada por
el Rey
8.
Todas las Distinciones y Condecoraciones serán otorgadas por Real
Decreto.
9.
El Sistema de Distinciones y Condecoraciones del Reino está
conformado por:
1:
Real Orden del Rey Acahualinca I
Es
la más alta distinción del Reino. Ha sido nombrada en honor al
Fundador del Estado. Tiene color rojo y el Gran Maestre de la Orden
es el Jefe del Estado. Se otorga en
forma excepcional a
Jefes
de Estado extranjeros. Consta de un único grado, la Gran Cruz.
2:
Real
Orden del Reino de Borondonia.
Tiene
color azul
y el Gran Maestre de la Orden es el Jefe del Estado.
Se
otorga a personalidades
nacionales y extranjeras que con su labor hayan servido en forma
excepcional al Reino. También puede concederse a Jefes de Estado y
de Gobierno extranjeros. Consta de tres grados, la Gran Cruz, el Gran
Collar y el Gran Cordón
3:
Nobilísima
y Real Orden Civil de los Wayi Wayi.
Tiene
color amarillo y el Gran Maestre es el Jefe del Estado.
Se
otorga a personalidades nacionales y extranjeras por sus servicios al
Reino, así como a lideres políticos, personas en visitas de estado
y otras personalidades de renombre. Asimismo en forma excepcional se
entregará a aquellas personas que hayan trabajado para el Reino por
50 años o más cuando arriben al medio siglo de labor. Sus clases
son Gran Cordón, Gran Oficial, Comandante, Caballero y Oficial.
4:
Medallas de Oro al Merito en: Economía, Medicina, Educación, Artes,
Deportes, Servicio Público, Trabajo e Investigación.
5:
Premio Nacional de Literatura, Investigación, Música y Artes
Escénicas.
6:
Las Medallas al Merito y los Premios Nacionales se entregarán una
vez al año el Día de Año Nuevo, con motivo de la Fiesta Nacional
del Reino.
7:
Distinciones y Ordenes Varias:
1.
Muy Noble Orden del Miembro Fantasma: Se otorga a todos los grandes
amputados del Reino. Incluye compensación económica y material. Se
entrega el 3 de julio, Día del cumpleaños del Rey.
2.
Muy ilustre Orden de la Fertilidad Borondonia: Se otorga a todas las
mujeres residentes en el Reino, nacionales o extranjeras que hayan
parido 9 hijos o más y los hayan criado. Se entrega el 22 de abril,
Día de la Madre Tierra y las Madres del Reino
3.
Ilustrísima Orden de la Paternidad Borondonia Responsable: Se otorga
cada año a los hombres residentes en el Reino, nacionales o
extranjeros que hayan sido padres de 9 o más hijos, de la misma o
distintas madres, y puedan demostrar que se han ocupado de ellos
desde el nacimiento hasta el momento de la entrega de la Orden. Se
entrega el 13 de julio, Día de los Padres de la Patria y los Padres
del Reino
4.
Real Orden de la Longevidad: Se entrega cada año a la persona viva
más longeva del Reino por una única vez, aunque sea la misma
persona varios años consecutivos. Si algún longevo solicita la ciudadanía de Borondonia podrá incorporarse a la Real Orden el año siguiente a la obtención de la Nacionalidad. Se entrega el 3 de marzo, Día de
la Naturaleza
5.
Real Orden de la Felicidad Conyugal: Se entrega cada año a quienes
arriben al medio siglo de matrimonio y convivencia. Se entrega el 20
de marzo, Día de la Felicidad
6.
Hijos Ilustres y Llaves de la ciudad son las distinciones más
importantes que podrán otorgar los pueblos y ciudades a aquellos
ciudadanos que a su criterio las merezcan. Son las únicas
distinciones del sistema cuya adjudicación ha sido delegada por el
Rey a terceros, en este caso a las autoridades municipales.
Disposición
final primera: El Consejo del Reino formulará el Reglamento de cada
una de las Distinciones del Sistema y lo someterá a la consideración
del Rey.
Disposición
final segunda: Entrada en vigor. La presente ley entrará en vigor el
mismo día de su publicación en el «Medio Oficial del Reino de
Borondonia»
Por
tanto,
Mando
a todos los borondonios, particulares y autoridades, que guarden y
hagan guardar esta ley orgánica.
Comuníquese
y cúmplase
Borondonia,
a 21 de agosto de 2024
ACAHUALINCA
R.