miércoles, 23 de abril de 2025

OTORGADOS TÍTULOS NOBILIARIOS Y DISTINCIONES A LOS PREMIADOS EN EL CONCURSO DE MICRORRELATOS AUGUSTO MONTERROSO

 


SU SERENISIMA MAJESTAD ACAHUALINCA I

REY DE BORONDONIA Y LOS TERRITORIOS SUMERGIDOS



A todos los que la presente vieren y entendieren.

Sabed: Que el Consejo del Reino ha propuesto y Yo vengo en otorgar los siguientes Títulos Nobiliarios:

POR CUANTO

La Constitución del Reino de Borondonia establece como prerrogativa real la concesión de Títulos Nobiliarios a personas que merecen un reconocimiento del Estado por sus servicios al Reino.

Los títulos nobiliarios constituyen un privilegio legal de larga data en todos los regímenes monárquicos y el conjunto de quienes los reciben constituyen la Nobleza del Estado.

El Consejo del Reino es el encargado de proponer a S.S.M los títulos nobiliarios que deban otorgarse a las personas a título individual basado en sus méritos y los servicios prestados a la Nación.

Por tanto en uso de mi potestad

RESUELVO

Conceder los siguientes títulos Nobiliarios:

1: Al Sr. Don Omar Rosa González el Título Nobiliario de Conde de Rosa, con tratamiento de Su Excelencia, por su Premio en el Concurso Literario Augusto Monterroso de Microrrelatos Categoría A y su Accesit en la Categoría B.

2: Al Sr. Don Francisco Araya Pizarro el Título Nobiliario de Conde de Araya, con tratamiento de Su Excelencia, por su Premio en el Concurso Literario Augusto Monterroso de Microrrelatos Categoría B.

3: Al Sr. Don Andrés Simón Moreno Arreche el Título Nobiliario de Vizconde de Moreno, con tratamiento de Su Excelencia, por su Accesit en el Concurso Literario Augusto Monterroso de Microrrelatos Categoría B.

Disposición Adicional Primera: Las tres personas antes mencionadas recibirán la Ciudadanía honoraria de Borondonia.

Disposición Adicional Segunda: Dichas personas serán distinguidas como miembros de número de la Real Orden Literaria de San Borondón recién creada.

Disposición final: Publíquese en el «Medio Oficial del Reino de Borondonia» para su conocimiento y divulgación.

Comuníquese y cúmplase

Borondonia, a 23 de abril de 2025



ACAHUALINCA R.


RESULTADOS DEL CONCURSO DE MICRORRELATOS AUGUSTO MONTERROSO 1925


ACTA FINAL DE RESULTADOS DEL CONCURSO INTERMICRONACIONAL DE MICRORRELATOS AUGUSTO MONTERROSO 2025

Revisadas las evaluaciones otorgadas por cada uno de los jurados se ha llegado a los siguientes resultados:

MICRORRELATOS EN CASTELLANO

CATEGORÍA A: 

GANADOR : OMAR ROSA GONZÁLEZ, CIEGO DE ÁVILA, CUBA, 1956

TÍTULO: CAMBIO DE PLANES 

PREMIO ESPECIAL MICRONACIONAL: FERNANDO ARMAS PÉREZ, TENERIFE, ESPAÑA, 1968

TÍTULO: EL JUICIO

MICRONACIÓN: BORONDONIA

CATEGORÍA B: 

GANADOR PRIMER LUGAR: FRANCISCO ARAYA PIZARRO, STGO DE CHILE, 1977

TÍTULO: EL MANUSCRITO DE EPHYRA 

ACCESIT: OMAR ROSA GONZÁLEZ, CIEGO DE ÁVILA, CUBA, 1956

TÍTULO: ENCUENTROS 

ACCESIT: ANDRÉS S. MORENO ARRECHE, MARYLAND, USA,1952 RESIDENCIA: FRANCIA

TÍTULO: EL OASIS DEL MAGREB 

PREMIO ESPECIAL MICRONACIONAL: FERNANDO ARMAS PÉREZ, TENERIFE, ESPAÑA, 1968

TÍTULO: EL TRAFICANTE

MICRONACIÓN: BORONDONIA

Se recibieron 67 trabajos de los que 4 fueron descalificados por violar las bases del Concurso. De los valorados por el jurado 24 corresponden a la Categoría A y 39 a la B, procedentes de España, Francia, Portugal, Argentina, Chile, Perú, Colombia, Venezuela, México y Cuba.

Los jurados fueron Lourdes García, residente en Tenerife, España, Berta Aldama en Zurich, Suiza y Josefa Yeste en California, USA. El Comité Organizador agradece su encomiable y valiosa labor.

MICRORRELATOS EN INGLÉS

El jurado integrado por Fernando Armas de Tenerife, Amber Ross de Ontario, Canadá y Kacey Von Hannover-Lausenburg de Carolina del Norte, USA (representantes de las micronaciones de Borondonia, Checkland y NorAuthwik respectivamente) evaluaron 3 microrrelatos (Dos en Categoría B y 1 en Categoría A) de dos autores decidiendose por el Comité Organizador declarar desierto el Certamen en Inglés por la baja participación, potestad reconocida en las bases del mismo. Se agradece al Jurado su participación en el evento y la labor realizada.


martes, 15 de abril de 2025

CREADA LA REAL ORDEN LITERARIA ISLA DE SAN BORONDÓN.

 


SU SERENISIMA MAJESTAD ACAHUALINCA I
REY DE BORONDONIA Y LOS TERRITORIOS SUMERGIDOS

A todos los que la presente vieren y entendieren.

Sabed: Que el Consejo del Reino ha propuesto y Yo vengo en sancionar la siguiente Modificación de la Ley Orgánica de Distinciones y Condecoraciones:

POR CUANTO

La Constitución del Reino de Borondonia establece como prerrogativa real la concesión de Condecoraciones y Distinciones a propuesta del Consejo del Reino.

El sistema de distinciones y condecoraciones promueve el reconocimiento por parte del Reino a las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, por su contribución destacada al país en cualquier actividad de la vida y los servicios relevantes prestados al Reino.

El 21 de agosto de 2024 se creó la Ley Orgánica de Distinciones y Condecoraciones que norma, regula y desarrolla dicho sistema de reconocimientos, que en su artículo 7 señala que “Cualquier otra Distinción y Condecoración nueva será aprobada por el Rey”.

El Consejo del Reino, dado el carácter cultural y especialmente literario de nuestra Micronación, ha propuesto la creación de la Real Orden Literaria Isla de San Borondón, que formará parte de nuestro Sistema de Condecoraciones y Distinciones.

Por tanto en uso de mi potestad

RESUELVO

1. Crear la Real Orden Literaria Isla de San Borondón. Ha sido nombrada en honor a la mítica y legendaria Isla que aparece y desaparece en el mar que circunda las Islas Canarias y que inspiró el nombre de nuestra Micronación.

Tiene color blanco y el Gran Maestre de la Orden es el Jefe del Estado en ejercicio. Consta de un único grado que es el de Caballero o Dama.

Se otorga a personalidades nacionales y extranjeras que con su labor literaria hayan destacado o servido en forma especial al Reino.

2. Podrán formar parte de dicha Orden Literaria los ganadores del Premio Nacional de Literatura del Reino, los nacionales borondonios que obtengan o hayan obtenido Premios en cualquier certamen literario nacional o internacional incluyendo los micronacionales propios o ajenos. Asimismo se concederá a aquellos escritores de cualquier país que obtengan premios en los Concursos Literarios convocados por el Reino Literario de Borondonia.

3. A todos los demás efectos dicha Orden Literaria se atendrá a lo señalado en el Sistema Nacional de Distinciones y Condecoraciones según la Ley Orgánica de 24 de agosto de 2024.

Disposición final primera: Entrada en vigor. La presente ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Medio Oficial del Reino de Borondonia»

Por tanto,

Mando a todos los borondonios, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley orgánica.

Comuníquese y cúmplase

Borondonia, a 15 de abril de 2025



ACAHUALINCA R.



lunes, 14 de abril de 2025

DECRETADOS TRES DÍAS DE DUELO POR EL DECESO DE MARIO VARGAS LLOSA

SSM Acahualinca I ha decretado 3 días de luto nacional por el fallecimiento en Lima, Perú, de Mario Vargas Llosa, Premio Nobel de Literatura 2010 a los 89 años de edad y último representante vivo del boom latinoamericano. Vargas Llosa había recibido además del Nobel otros Premios de renombre como el Premio Biblioteca Breve en 1962, el Rómulo Gallegos en 1967, el Príncipe de Asturias de las Letras en 1986, el Premio Planeta en 1993 y el Cervantes en 1994.



lunes, 3 de marzo de 2025

OTORGADA LA REAL ORDEN DE LA LONGEVIDAD A DON ÁNGEL PÉREZ BELLO

 


SU SERENISIMA MAJESTAD ACAHUALINCA I

             REY DE BORONDONIA Y LOS TERRITORIOS SUMERGIDOS

A todos los que la presente vieren y entendieren.

Sabed: Que el Consejo del Reino ha propuesto y Yo vengo en otorgar la siguiente Distinción:

POR CUANTO

- La Constitución del Reino de Borondonia establece como prerrogativa real la concesión de Distinciones y Condecoraciones a personas que merecen un reconocimiento del Estado por sus servicios al Reino.

- El Sistema de Distinciones y Condecoraciones del Reino está conformado por diversas categorías e incluye en el número 4 del artículo 7 de las llamadas Distinciones y Órdenes varias a la Real Orden de la Longevidad.

- La Real Orden de la Longevidad según especifica la Ley se entrega cada año a la persona viva más longeva del Reino por una única vez, aunque sea la misma persona varios años consecutivos. Si algún longevo solicita la ciudadanía de Borondonia podrá incorporarse a la Real Orden el año siguiente a la obtención de la Nacionalidad. Se entrega el 3 de marzo, Día de la Naturaleza.

- Don Ángel Pérez Bello, Conde de Pena, accedió a la Ciudadanía del Reino de Borondonia en 2024 convirtiéndose de hecho en la persona de mayor edad del Reino en la diáspora.

POR TANTO

en uso de mi potestad

RESUELVO

Reconocer a Don Ángel Pérez Bello, Conde de Pena, la condición de ciudadano más longevo del Reino y otorgarle la Real Orden de la Longevidad, en prueba de la amistad y reconocimiento del Reino.

Disposición final: Publíquese en el «Medio Oficial del Reino de Borondonia» para su conocimiento y divulgación.

Comuníquese y cúmplase

Borondonia, a 03 de marzo de 2025


domingo, 16 de febrero de 2025

EL REINO DE CHECKLAND OTORGA CONDECORACIÓN A SSM ACAHUALINCA I

El Rey Willard de Checkland ha otorgado a SSM Acahualinca I el Real Decreto de la Honorable Gracia del Rey Willard, en reconocimiento a su inquebrantable dedicación a la promoción de la paz, la diplomacia y el entendimiento mutuo dentro de la comunidad intermicronacional. El monarca de Borondonia agradeció el gesto y resaltó los vínculos de amistad entre Checkland y Borondonia que se materializan en esta condecoración otorgada por vez primera a un nacional de otro estado.




jueves, 13 de febrero de 2025

BASES I CERTAMEN INTERMICRONACIONAL DE MICRORRELATOS AUGUSTO MONTERROSO


 BASES

I CERTAMEN INTERMICRONACIONAL DE MICRORRELATOS AUGUSTO MONTERROSO

San Cristobal de La Laguna, 2025

1.- Podrá participar cualquier persona, presentando un único microrrelato, original e inédito por categoría sean o no miembros de Micronaciones. Los Autores que representen a alguna Micronación lo señalarán en sus datos.

2.- El texto será de tema libre, escrito en castellano o inglés (o traducido a este idioma si viniera en otra lengua) compitiéndose en cada idioma en dos categorías: A- Hasta 280 caracteres y B- Hasta 280 palabras, las que sobrepasen la extensión antes señalada, excluyendo las del título.

3.- Cómo presentar las obras:

En un mismo email a gobiernoborondonia@gmail.com, con el asunto Certamen Intermicronacional de Microrrelatos Augusto Monterroso con el añadido LIBRE si no se pertenece a ninguna, se enviarán dos documentos separados:

Un documento contendrá la obra, que deberá estar escrita por una sola cara. El formato utilizado será Arial, tamaño 12 puntos e interlineado 1,5. Se enviará en formato PDF. El nombre del documento en PDF será el título del relato con la especificación de la categoría a concursar.

Otro documento contendrá los datos de la persona: pseudónimo en caso de preferirlo, nombre y apellido, lugar de residencia, Micronación a la que representa si existiera, email de contacto y, opcionalmente, red social. Se enviará en formato PDF. Este documento se titulará PLICA.

Se hará acuse de recibo de los relatos, pero no se mantendrá otro tipo de correspondencia con las personas participantes.

La recepción de textos comienza el 14 de febrero y termina el día 31 de marzo de 2025 a las 23:59 horas (Madrid).

4.- Se abstendrán de participar quienes formen parte del jurado

5.- Habrá un único premio por idioma y categoría consistente en Diploma y publicación. El certamen o cualquiera de sus categorías puede ser declarado desierto. Si los premiados no fueran miembros de ninguna micronación se premiará adicionalmente uno que sí lo sea en cada categoría.

Los textos ganadores serán publicados, junto a los considerados finalistas, en una antología. Las autoras y los autores que van a aparecer en la antología ceden, sin exclusividad, el derecho para la publicación de los textos en cualquier formato.

6.- El certamen no se hará responsable de las opiniones de los textos de los concursantes.

7.- El jurado será independiente y desconocido para todos, incluso entre ellos hasta el día del fallo, que se hará público el 23 de abril de 2025 en las redes sociales del Reino Literario de Borondonia, el cual será inapelable.

8.- Cualquier incidencia no prevista en las bases será resuelta por el jurado.

9.- La participación supone la aceptación de todas las bases.

miércoles, 29 de enero de 2025

DECLARADO DESIERTO EL PREMIO DE LA POPULARIDAD DEL I CONCURSO FOTOGRÁFICO DIGITAL INTERMICRONACIONAL

 


El Comité Organizador del I Certamen Fotográfico Digital Intermicronacional ha decidido declarar desierto el Premio de la Popularidad debido a la extremadamente baja participación obtenida en los 7 días que permaneció abierta la misma (sólo 2 votos). Esperamos hacerlo mejor en próximas convocatorias aunque algunas plataformas no ayudaron a divulgar la información y él tener que ir de un enlace a otro sitio para ver las fotos y votar pudo haber influido en ello.

lunes, 27 de enero de 2025

PUBLICADO EN AMAZON EL LIBRO DEL I CERTAMEN FOTOGRÁFICO DIGITAL INTERMICRONACIONAL

 


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miércoles, 22 de enero de 2025

BORONDONIA Y GRANDIA ESTABLECEN RELACIONES BILATERALES



 Acuerdo sobre el Establecimiento de Relaciones Diplomáticas entre la República de Grandia y el Reino de Borondonia

Art. 1.- Los Gobiernos del Reino de Borondonia y de la República de Grandia, en ejercicio de sus poderes soberanos y de conformidad con los estándares internacionales sobre reconocimiento de Estados, declaran que se reconocen mutuamente como micronaciones independientes y soberanas.

Art. 2.- Ambas partes acuerdan establecer relaciones diplomáticas mutuas, de conformidad con lo dispuesto en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas del 18 de abril de 1961.

Art. 3.- Ambas partes declaran su voluntad de orientar sus relaciones mutuas de conformidad con los principios internacionales de respeto mutuo, cooperación pacífica, igualdad de trato y no intervención en sus asuntos internos.

Art. 4.- Los Gobiernos de las micronaciones signatarias acuerdan promover mutuamente la cooperación cultural, científica y técnica entre sus pueblos.

Art. 5.- El presente acuerdo podrá ser anulado por consentimiento mutuo de las partes signatarias, o en caso de disolución de una de las partes signatarias. Las partes firmantes de este acuerdo cuentan con la autorización, consentimiento y posición de la micronación que dicen representar.

Hecho en el Palacio Clementino, Borondonia, a los 22 días del mes de enero del año 2025, entrando en vigor en la fecha del presente.

Por la República de Grandia

S.E. Yun-Shen Shen

Jefe de Estado

Por el Reino de Borondonia,

S.M. Acahualinca I,

Rey

lunes, 20 de enero de 2025

MODIFICACIÓN DE LA LEY DE TÍTULOS NOBILIARIOS


SU SERENISIMA MAJESTAD ACAHUALINCA I

REY DE BORONDONIA Y LOS TERRITORIOS SUMERGIDOS

A todos los que la presente vieren y entendieren.

Sabed: Que el Consejo del Reino ha propuesto y Yo vengo en sancionar la siguiente Modificación de la Ley Orgánica de Títulos Nobiliarios:

PREÁMBULO

Los títulos nobiliarios constituyen un privilegio legal de larga data en todos los regímenes monárquicos y el conjunto de quienes los reciben constituyen la Nobleza del Estado.

Borondonia otorga sus títulos nobiliarios a título individual a personas que merecen un reconocimiento del Estado por su aporte a la sociedad borondiana.

Es prerrogativa del Jefe de Estado otorgar los títulos nobiliarios a propuesta del Consejo del Reino así como retirar los mismos en aquellos casos excepcionales que requieran despojar de su privilegio al miembro de la Nobleza en cuestión.

La Ley vigente excluye otorgar títulos nobiliarios a los animales, lo cual resulta a todas luces injusto dado el valor de muchos de ellos en la vida de los humanos y en diversas fases de la misma, llegando a realizar actos heroicos que merecen ser reconocidos.

Por tanto, en uso de esa facultad que me concede la Constitución

RESUELVO

1. Modificar la Ley de Títulos Nobiliarios del Reino de Borondonia vigente desde el 16 de agosto de 2024 que establece un sistema de títulos nobiliarios como privilegio legal concedido por el Rey a quienes destaquen en cualquier actividad de la vida o tengan méritos suficientes para ello.

2. Los títulos nobiliarios otorgados en el Reino de Borondonia son vitalicios pero no hereditarios salvo que S.S.M. estipule lo contrario.

3. Aquellas mascotas, animales de compañía o no, que demuestren especial importancia, valor o cariño por sus Amos o realicen acciones heroicas o extraordinarias podrán ser distinguidos con los títulos nobiliarios de Lord o Lady. El otorgamiento podrá hacerse a solicitud de sus Amos al Consejo del Reino y por iniciativa del Monarca tanto en vida del animal como a título póstumo.

4. Como establece la Ley para todos los demás títulos nobiliarios tendrán el tratamiento de Su Excelencia cuando terceros vayan a referirse a ellos.

5. Como todos los títulos nobiliarios vitalicios estarán sometidos al correspondiente impuesto salvo el de los Grandes de Borondonia.

Disposición final: Entrada en vigor. La presente Modificación de la ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Medio Oficial del Reino de Borondonia»

Por tanto,

Mando a todos los borondonios, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley orgánica.

Comuníquese y cúmplase

Borondonia, a 20 de enero de 2025

ACAHUALINCA R. 

domingo, 19 de enero de 2025

FOTOS PRESENTADAS AL I CONCURSO FOTOGRÁFICO DIGITAL INTERMICRONACIONAL (2)


1. REGALO FELINO 

2.  BAJO EL HERALDO

3.DULCE NAVIDAD

4. QUÉ DE BOLAS

5. FRENTE A LA LUZ DE NAVIDAD

6. SANTA CLAUS Y YO

7. FIESTA NAVIDEÑA 

8. EN LAS ALTURAS 

9.CON NIETO EN SUPER

10. NERHAPI CRISMAS













FOTOS PRESENTADAS AL I CONCURSO FOTOGRÁFICO DIGITAL INTERMICRONACIONAL (1)

1.PLUM BLOSSOM
2.ALBENGA PIAZZA
3.ALBENGA LE TORRI
4.LES DESEAMOS
5.EN NAVIDAD CON SANTA
6.MIRIADA
7.NAVIDAD EN MÁLAGA
8.CONTEMPLACIÓN
9. DESEO
10.ADORNO FELINO
11.VENTANA JAPONESA
12.MININO
13.HAY UNTAMIENTO
14.NAVIDAD ES COMPARTIR
15.BARCELONA



























sábado, 18 de enero de 2025

RESULTADOS DEL I CONCURSO INTERMICRONACIONAL DE FOTOGRAFÍA

 Resultados finales del I Concurso Intermicronacional de Fotografía: 18 autores de 6 micronaciones y 9 países participaron con 43 fotografías (4 selfies, 10 en blanco y negro y el resto en color). El jurado estuvo compuesto por representantes de México, España, Albania y Bosnia-Herzegovina. Las micronaciones participantes fueron Borondonia, Checkland, Cantera, Iyujiya, Shedingeh, Dominiraja, Ajlinland y Elnäthar. Las 43 obras procedían de España, Canadá, EEUU, México, Cuba, Montenegro, Argentina, Japón e Italia.

Las obras ganadoras del I Concurso Intermicronacional de Fotografía Digital fueron:

En la categoría selfie: “Navidad es compartir, ¡hasta una bufanda!”, seudónimo: compartelguaifai, de Borondonia, con 25 puntos de 30 posibles. 

En Blanco y Negro:

1º “Deseo” Pseudónimo: compartelguaifai (Borondonia) 27 puntos de 30 posibles

2º “Barcelona” Príncipe Daniele I de Shedingeh 26 puntos

3º “Les deseamos” Pseudónimo: compartelguaifai (Borondonia) 23 puntos.

Color:

1 “Flores de ciruelo” de Akebana Tomohiro (Iyujiya) 29/30 puntos

2 “Navidad en Málaga” de sharelguaifai (Borondonia) 27 puntos empatada con “Ventana japonesa” de Akebana Tomohiro (Iyujiya)


3 “Contemplación” de sharelguaifai (Borondonia) con 26 puntos.


Las 25 fotografías con mayor puntuación se publicarán en la web oficial del Reino tras el fallo del concurso y el Jurado recomendará las fotografías para su inclusión en un libro. Una encuesta en la red X seleccionará la obra que recibirá el Premio de Popularidad.

lunes, 13 de enero de 2025

BORONDONIA ESTABLECE RELACIONES CON EL IMPERIO UNIDO DE GRINZLAND Y TEZELNIA








Acuerdo sobre el Establecimiento de Relaciones Diplomáticas entre el Imperio Unido de Grinzland and Tezelnia y el Reino de Borondonia

Art. 1.- Los Gobiernos del Reino de Borondonia y delImperio Unido de Grinzland and Tezelnia, en ejercicio de sus poderes soberanos y de conformidad con las normas internacionales sobre reconocimiento de Estados, declaran que se reconocen mutuamente como micronaciones independientes y soberanas.

Art. 2.- Ambas partes convienen en establecer relaciones diplomáticas mutuas, de conformidad con lo dispuesto en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas del 18 de abril de 1961.

Art. 3.- Ambas partes declaran su voluntad de orientar sus relaciones mutuas de conformidad con los principios internacionales de respeto mutuo, cooperación pacífica, igualdad de trato y no intervención en sus asuntos internos.

Art. 4.- Los Gobiernos de las micronaciones signatarias convienen en promover mutuamente la cooperación cultural, científica y técnica entre sus pueblos.

Art. 5.- El presente acuerdo podrá ser anulado por consentimiento mutuo de las partes signatarias, o en caso de disolución de una de las partes signatarias. Las partes firmantes a continuación ostentan la autorización, el consentimiento y la posición de la micronación a la que dicen representar.

Hecho en el Palacio Clementino, Borondonia, el día 13 del mes de enero del año 2025, entrando en vigor en la fecha del presente.

Por el Imperio Unido de Grinzland and Tezelnia

HMI George III

Emperor

Por el Reino de Borondonia,

SSM Acahualinca I,

Rey