martes, 8 de octubre de 2024

LOS REINOS DE BORONDONIA Y BATU ESTABLECEN RELACIONES DIPLOMÁTICAS

El Reino de Borondonia y el Reino de Batu han acordado establecer relaciones diplomáticas que entrarán en vigor a partir del 6 de octubre de 2024, siendo publicado el Acuerdo simultáneamente en ambos Estados.

POR EL REINO DE BORONDONIA

Su Serenísima Majestad Acahualinca I

Rey

POR EL REINO DE BATU

Su Majestad Bulut Batu

Rey

TRATADO BILATERAL

Artículo 1. El Reino de Borondonia y el Reino de Batu reconocen mutuamente su existencia como micronaciones jurídicas con plena soberanía e independencia.

Artículo 2. Las partes signatarias reconocen y respetan los símbolos, el sistema jurídico y la integridad territorial de la otra parte.

Artículo 3. Ambas micronaciones acuerdan mutuamente no intervenir en los asuntos internos de la otra y respetar las decisiones emanadas de las instituciones de la otra parte signataria.

Artículo 4. Ambas partes acuerdan continuar los contactos diplomáticos para promover las relaciones de colaboración y amistad para fortalecer el desarrollo de ambas Micronaciones.

Artículo 5. Aunque ambas partes pueden establecer alianzas o Tratados de Amistad con otras micronaciones, se comprometen a la defensa mutua de la independencia, soberanía e integridad territorial frente a la agresión de otro Estado.

Artículo 6. Las partes signatarias dirigirán sus esfuerzos a resolver las controversias y promover la reconciliación a través del diálogo, y podrán solicitar la mediación de terceros neutrales si las controversias no se resuelven en un plazo razonable.

Artículo 7. Ambas micronaciones reconocen mutuamente la doble nacionalidad de sus ciudadanos, de modo que los ciudadanos de una puedan obtener la nacionalidad de la otra sin que ello represente un conflicto de intereses ni tengan que renunciar a su nacionalidad de origen.

Artículo 8. Ambas micronaciones convienen en que la manifestación de inactividad de la otra parte por más de un año es motivo suficiente para dar por terminado el presente Tratado.

Artículo 9. Ambas partes se comprometen a hacer pública en sus respectivos sitios web oficiales la firma del presente Tratado.

Para que conste, el presente documento se firma en ambas capitales el 6 de octubre de 2024.

POR EL REINO DE BORONDONIA

Su Majestad Serenísima Acahualinca I

Rey

POR EL REINO DE BATU

Su Majestad Bulut Batu

Rey


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