viernes, 22 de noviembre de 2024

BORONDONIA Y EL ESTADO SOCIAL DE EL DORADO FIRMAN TRATADO BILATERAL Y ESTABLECEN RELACIONES DIPLOMÁTICAS

 



El Reino de Borondonia y el Estado Social de El Dorado han acordado establecer relaciones diplomáticas y firmar un Tratado Bilateral que entrarán en vigor a partir del 21 de noviembre de 2024 publicándose simultáneamente en ambos Estados.

POR EL REINO DE BORONDONIA
Su Majestad Serenísima Acahualinca I
Rey
POR EL ESTADO SOCIAL DE EL DORADO
Su Excelencia Luis Felipe Lugo
Líder del Estado

TRATADO DE PAZ, AMISTAD, ALIANZA Y RECONOCIMIENTO MUTUO ENTRE EL ESTADO SOCIAL DE EL DORADO Y EL REINO DE BORONDONIA

El Estado Social de El Dorado y el Reino de Borondonia, deseando hacer duradera y firme la amistad que felizmente existe entre ambas micronaciones, han resuelto fijar mediante el presente tratado de paz, amistad, alianza y reconocimiento mutuo lo siguiente:

  1. Se reconocen mutuamente como micronaciones legales y constitucionales con plena soberanía, libertad e independencia.

  2. Reconocen y respetan mutuamente sus territorios, símbolos, instituciones, historia, cultura, política interna, características sociopolíticas y ordenamientos jurídicos.

  3. Se comprometen dentro de sus posibilidades a no agredirse mutuamente y hacer prosperar un estado de constante paz, en donde la resolución de los conflictos que por ventura existan se dará de forma pacífica y mediante el uso de la buena palabra; demostrando ambas micronaciones su voluntad de preservar la unión que se firma en el presente Tratado; como también, a fomentar y mantener la paz entre el resto de las micronaciones y a no tomar ninguna iniciativa bélica que no sea en concepto de defensa ante algún tipo de ataque.

  4. El presente Tratado no impide la voluntad de continuar los contactos diplomáticos de cada una de las micronaciones, como medio de desarrollo y fortalecimiento de sus ciudadanos e instituciones.

  5. Las micronaciones que firman este Tratado seguirán manteniendo una vía de comunicación permanente bilateral, comprometiéndose a mantener abiertos los canales de comunicación necesarios para continuar el contacto diplomático entre ellas, fortaleciendo sus lazos de unión y, por ende, al micronacionalismo como movimiento.

  6. Este Tratado será hecho de público conocimiento, realizado por ambas micronaciones.

  7. De existir inactividad demostrada y sin previo aviso por parte de una de las micronaciones firmantes durante un lapso mayor a 6 meses, el presente Tratado se dará por anulado. De ser anunciada una inactividad permanente mediante comunicado oficial y verificado por una de las micronaciones firmantes, el Tratado será anulado inmediatamente.

  8. Las micronaciones firmantes del presente Tratado reconocen a la Mancomunidad Doradina de Estados como un organismo intermicronacional autónomo, que agrupa a las siguientes micronaciones. Se reconoce a El Dorado para poder actuar diplomáticamente en su nombre o en nombre de las micronaciones descritas:Imperio Mesoamericano Azteca (Micronación independiente), República de las Indias Occidentales (Micronación independiente),Principado de Montserrat (Micronación independiente)

Parágrafo: El Reino de Áurea forma parte de la Mancomunidad Doradina de Estados como micronación independiente con diplomacia propia y cuyos tratados pueden ser realizados de forma autónoma. Así mismo, el Imperio Mesoamericano Azteca tiene la facultad de establecer tratados diplomáticos independientes. 

9. Este Tratado, permite ambas micronaciones fortalezcan sus lazos más allá de lo político y diplomático y estimula a que se puedan alcanzar Logros, Acuerdos, Tratados, Hermanamientos, en diversos campos como la economía, deportes, ciencias, defensa y los que puedan existir. Como también el modificar o anular el presente Tratado mediante acuerdo común. 

  1. Ambas micronaciones se comprometen a no reconocer a otras micronaciones que usurpen su nombre, símbolos o relacionados con sus territorios. 

  2. Ambas micronaciones en caso de conflicto diplomático o malentendidos se comprometen antes de suspender relaciones, a tratar de reconciliar posiciones en un plazo máximo de treinta (30) días.

El presente Tratado se firma en Bacatá el veintiuno (21) de noviembre de 2024.

Por el Estado Social de El Dorado

Su Excelencia el Líder del Estado

Luis Felipe Lugo


Por el Reino de Borondonia

Su Serenísima Majestad El Rey

Nombre Acahualinca I



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