Acuerdo
de Establecimiento de Relaciones Diplomáticas entre la República
Federal de Eltavia y el Reino de Borondonia
Art. 1.- Los
Gobiernos de la República Federal de Eltavia y el Reino de
Borondonia, en ejercicio de sus potestades soberanas y con arreglo a
las normas internacionales en materia de reconocimiento de los
Estados, declaran reconocerse mutuamente como micronaciones
independientes y soberanas.
Art. 2.- Ambas partes acuerdan
establecer relaciones diplomáticas mutuas, de conformidad con las
disposiciones de la Convención de Viena sobre relaciones
diplomáticas del 18 de abril de 1961.
Art. 3.- Ambas
partes declaran su voluntad de guiar sus relaciones mutuas de
conformidad a los principios internacionales de respeto mutuo, la
cooperación pacífica, la igualdad de trato, y la no intervención
en sus asuntos internos.
Art. 4.- Los Gobiernos de las
micronaciones firmantes acuerdan promover mutuamente la cooperación
cultural, científica y técnica entre sus pueblos.
Hecho
en Atmalia, a los 8 días del mes de Septiembre del año
2024, en idioma español y en dos ejemplares siendo igualmente
válidos y auténticos.
Por el Gobierno de la República
de Eltavia,
Riivo Kap,
Presidente
Por
el Gobierno del Reino de Borondonia,
Acahualinca I,
Rey
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